El derecho a la política. Entrevista a Erika Bárcena

ENVIADO POR EL EDITOR EL Viernes, 08/11/2024 - 11:59:00 AM

por Mario Camarena [1]

 

Erika Bárcena Arévalo es doctora en Antropología por el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS-CDMX), y forma parte del grupo de abogados que acompañó jurídicamente al pueblo de Cherán en su lucha por la autonomía en 2011. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió reconocer el derecho del pueblo de San Francisco Cherán a elegir a sus representantes municipales por usos y costumbres; esta resolución sienta un precedente, pues a partir de entonces el Tribunal retoma la autodeterminación de los pueblos indígenas como su bandera.

 

La abogada no sólo interviene en el juicio para defender el derecho del pueblo de Cherán a la autodeterminación, sino que está comprometida con la defensa de los derechos de los pueblos indígenas en general, y considera que la vía judicial es una forma de dar voz a las comunidades para que les sean reconocidos sus derechos.

 

La entrevista la entablamos los miembros de la Fogata Kejistani: Rocelia Rojas, Yunuen Torres, Juan Jerónimo Lemus, Mario Camarena y Lucero, para que la abogada nos narrara su punto de vista acerca del proceso jurídico y los entretelones del mismo, con el fin de que este conocimiento ayude a implementar estrategias jurídicas en nuevos procesos que buscan la autonomía. Erika Bárcena nos deja en claro cómo se va construyendo una estrategia de litigio sobre una base política, y en la plática sostiene que el derecho se debe someter a la política y no la política al derecho.

 

La entrevistada no sólo produce conocimiento, sino que está comprometida con la realidad que vive el pueblo; Bárcena es una militante de los derechos de los pueblos indígenas usando las armas jurídicas, con las cuales sale en defensa de la vida, es un relato que busca usar las leyes para impactar en la vida de los pueblos.

 

Erika Bárcena es una abogada que no nació en Cherán, pero que lleva en su sangre la sensibilidad para apropiarse del dolor que vivía la comunidad y usar las leyes en la defensa de la vida de los indígenas.

 

Esta mañana (del 29 de septiembre del 2018) queremos dialogar (Rocelia Rojas, Yunuen Torres, Juan Jerónimo Lemus y Mario Camarena) sobre cómo te involucras en el proceso jurídico que se implementó en Cherán por la libre determinación, y sobre el peso que tiene lo jurídico en este proceso de construcción de la autonomía.

 

Erika Bárcena (Erika): En el 2011 estaba estudiando la maestría en Derecho en la Universidad Michoacana, en la terminal de Humanidades, y me asignaron como asesor de tesis a Orlando Aragón Andrade. Un día me dice: “En Cherán recibieron una notificación donde el Instituto Electoral de Michoacán no les quiere reconocer el derecho a la libre autodeterminación, el pueblo quiere impugnar; me has contado que has estado vinculada al tema del litigio y a los amparos”. Me preguntó si quería integrarme a un equipo que se estaba formando y colaborar en la elaboración de la impugnación.

 

Los del equipo que nos integramos ninguno sabíamos nada de derecho electoral [...] yo no sabía nada, nunca me había involucrado con el tema, sólo en cuestiones laborales y de seguridad social porque yo trabajaba en el jurídico del Seguro Social. Teníamos tres días para hacer la demanda, nos pusimos a investigar de cómo le podíamos hacer, con conocidos [...] algo sabía del proceso de Cherán, Orlando nos había contado. Pensé: “No me cuesta nada. Les ayudo a hacer la demanda”. La presentamos un 14 de septiembre, con la lista de firmas que recolectaron en la comunidad. Del único que me acuerdo que estaba allí era de Trini Ramírez, de hecho, me acuerdo que estábamos en un café transcribiendo los nombres de todas las firmas, así, una tarea súper titánica.

 

Mario: ¿Dos mil cuatrocientas, no?

 

Erika: Acabamos de transcribir, nos fuimos al Instituto Electoral y presentamos la demanda. [...] yo honestamente pensé que ahí se había acabado. En el Seguro Social [donde trabajaba], siempre nos insistían que era una buena idea acercarse a los jueces y hacer lo que se llama el lobby o el “alegato de oreja”: vas con la jueza o con el juez y le planteas un poco el caso y tratas que lo entienda, que se involucre. Lo que realmente estás buscando es que se decida por ti con base en lo que tú estás argumentando. Le dije a Orlando que podíamos ir a la Ciudad de México a hablar con los magistrados, así que lo planteamos a la coordinación del pueblo y finalmente se decidió sí hacer estas visitas al Tribunal Electoral.

 

Mario: ¿Cómo llegas a convencer al juez, y al magistrado? Si tú te estás metiendo por primera vez en cuestiones indígenas y en el caso de Cherán.

 

Erika: Respondiendo a tu pregunta, Mario, lo que se decidió fue que en el lobby no se iba a hablar de las cuestiones jurídicas, eso ya estaba en la demanda. Más bien la idea era justamente que se hiciera una comisión en donde estaban varios integrantes de la coordinación general y que ellos explicaran cuál era el contexto, qué era lo que estaba pasando en la comunidad y por qué el hecho de que se reconociera la libre determinación no era sólo un tema de derechos, sino que era social y políticamente necesario para la vida de la comunidad. La dinámica de esas reuniones fue que nosotros hacíamos una introducción y la comisión era la que hablaba.

 

Mario: ¿Cuál era el argumento más fuerte que usaba la comisión para cuando estaba con los magistrados?

 

Erika: Híjole [...] había en el trasfondo un aire de discurso zapatista, de los acuerdos de San Andrés, de la libre determinación, de la marginación [...] histórica de los pueblos indígenas en términos generales, y en particular del consenso de la comunidad rechazando a los partidos políticos y apelando a sus instituciones propias como el símbolo de la democracia. Otro argumento fue que el Estado no podía garantizar la seguridad [...] conflicto por el que ha atravesado la comunidad, así recuerdo que se planteaba.

 

Mario: ¿El documento de la demanda ya lo habían elaborado ustedes cuando fueron con los magistrados?

 

Erika: Ya. La demanda primero se hace y se presenta en el tribunal, y después se busca a los magistrados. Para cuando fuimos, se estaba haciendo ya un proyecto de sentencia [...] así funcionan todos los tribunales que tienen más de un juez, le asignan el caso a uno, yo diría a un equipo, lo estudia, lo analiza, hace una propuesta que se llama proyecto de sentencia, luego ese proyecto se circula con todos los demás jueces o magistrados en este caso, después hay una sesión en la que se discute y cada magistrado se pronuncia con respecto al proyecto. El asunto de Cherán se lo turnaron al que era en ese momento el presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el tribunal más alto en materia electoral, entonces el asunto lo tenía el presidente.

 

Jerónimo: El que haya caído en la presidencia es bueno...

 

Erika: Yo creo que sí [...] la trayectoria que ha tenido el tribunal respecto de criterios relacionados con los derechos de los pueblos indígenas es interesante. A mí me parece que a partir del caso de Cherán el tribunal tomó los casos de derechos indígenas como su bandera, incluso el tribunal abrió una defensoría especial para los derechos políticos de los pueblos indígenas, de las personas y comunidades indígenas, después de la sentencia.

 

Mario: ¿Qué tanto retoma la sala la propuesta que hacen?

 

Erika: La verdad es que un poco. Cuando Cherán le pide al Instituto Electoral de Michoacán, el IEM, que le reconozca el derecho de la libre determinación, antes de resolver el Instituto pide dos opiniones académicas. Se les llaman peritajes. Uno lo hizo un abogado de la UNAM, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, y el otro se lo pidieron a la Facultad de Derecho de la Universidad Michoacana, y como Orlando era quien trabajaba derechos indígenas, prácticamente el único, lo llamaron.

 

Lucero: De los que estaban, eran como tres.

 

Erika: En la Facultad de Derecho se lo dan a Orlando, que estaba terminando el doctorado en Antropología, y pues decide hacer algo más cercano a un peritaje antropológico. Para la realización del documento se hace una serie de entrevistas. Además, Cherán es un pueblo reconocido como indígena que cuenta con algunas instituciones políticas. Al momento en el que tuvimos que hacer la demanda, lo que hicimos fue retomar varias cosas del peritaje. En junio de 2011 se había aprobado la reforma de derechos humanos, una reforma que se hizo a la Constitución Federal. México había firmado y ratificado todos los tratados de derechos humanos habidos y por haber, pero en el país eran letra muerta. Aquí la Constitución y la ley eran lo único que valía. Pero aprovechando la reforma, también incorporamos a la demanda algunas opiniones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos e invocamos la Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT. Lo que nosotros pedíamos en la demanda era poder elegir autoridades tradicionales por usos y costumbres. Viendo en retrospectiva, la demanda no era tan contundente como lo fue la sentencia, pues tenía una narrativa más genérica sobre la libre determinación. Lo planteamos más difuminado, por decirlo de alguna manera; no es que no lo tuviéramos claro, sino que lo planteamos un poco más difuminado y me parece que la sentencia del tribunal sí fue muy contundente. Nosotros no recuerdo que hayamos pedido consulta, pero la consulta termina siendo súper importante. Eso fue algo que salió del tribunal, entonces creo que retomó el espíritu de lo que estábamos pidiendo, pero lo reforzó bastante, eso sí hay que reconocerlo.

 

Mario: ¿Ustedes definen el concepto de uso y costumbre cuando hacen la propuesta?

 

Lucero: La verdad es que nosotros usamos ese concepto porque era el que se usaba en la Constitución.

 

Erika: Ya hay varias posiciones respecto a los “usos y costumbres”, que no existe en purépecha. En algunos contextos se usa como una expresión que denigra; en otros se refiere al derecho que se produce en las comunidades, pero la verdad es que fue como un término que empezó a salir en las reuniones con la coordinación general y que se quedó, que se plasmó como parte del discurso.

 

Mario: Ustedes usan una bibliografía antropológica y jurídica, retoman la parte escrita. Lo que no aparece es la memoria oral en su argumento jurídico para defender el uso y la costumbre.

 

Erika: Tiene que ver con la estructura del campo jurídico. Hacemos un esfuerzo por construir la estrategia jurídica a partir del diálogo y nosotros somos los primeros en tener una posición crítica frente al derecho. Creemos que el derecho se debe someter a la política y no la política al derecho. La construcción de la estrategia jurídica es ya una forma de hacer política.

 

Pero ese diálogo encuentra uno de sus límites en los tiempos del derecho, es decir, en los plazos. Aunque creemos que los movimientos sociales en general no tendrían que someterse a estos tiempos, en un juicio difícilmente se pueden flexibilizar. En este caso, teníamos cuatro días para meter la demanda al tribunal, contados a partir de que el IEM le notificó a la comunidad su decisión. Eso hacía imposible que nosotros hiciéramos un diálogo o pudiéramos entablar un diálogo a largo plazo como el que retoma la historia oral. Orlando, cuando hizo el peritaje para el IEM, realizó varias entrevistas que fueron utilizadas en el momento en que estábamos elaborando la demanda y además se discutió con la coordinación general. Creo que ahí hay diálogo en el sentido de que no hicimos la demanda y la presentamos como haría un@ abogad@ con una práctica “liberal”, por decirlo de alguna manera, sin consultar los términos con las personas que está defendiendo o sin tomar en cuenta la voz de la comunidad.

 

En el momento en que se iba a ejecutar la sentencia, acudimos a las fogatas a dialogar y se creó un tipo de colaboración, pero para nosotros resulta difícil pensar en abrir un diálogo con toda la comunidad por el tipo de trabajo que hacemos, que tiene una parte muy técnica. Sin embargo, siempre tratamos de que el espíritu de la lucha sea la guía de todas las acciones jurídicas. La dinámica ha sido que nosotros hablamos con las autoridades, en el entendido de que las autoridades bajan esa información a las asambleas y que ellos también recogen el sentir de la comunidad que luego nos transmiten. Si es necesario nosotros vamos a las asambleas, pero en general es una especie de diálogo intermediado entre el equipo jurídico y la comunidad. A nosotros nos enseñaron cuáles eran los usos y costumbres que iban a regir la ejecución de la sentencia.

 

Lucero: A mí me acaba de surgir una duda, porque siempre que quieren descartar ciertas partes del proceso de Cherán lo que la gente dice es que eso no son usos y costumbres, porque no era así antes. Entonces a mí como abogada me toca vincular ciertas cuestiones del derecho con la memoria e historia. La historia oral te limita y es poco lo que puedes decir o aportar, porque tarda mucho tiempo en la elaboración de los documentos, y estratégicamente es mejor decir qué se entiende por usos y costumbres, sin dar una explicación histórica que después te limite, porque la costumbre y los usos se construyen y cambian. Los abogados no siempre entienden este proceso.

 

Erika: Nosotros lo hemos visto desde el punto político. Respecto del derecho, lo usamos mientras sirva a los intereses del movimiento, y hasta cierto punto hacemos lo mismo con la historia. En los casos de las comunidades que se quieren volver municipios por usos y costumbres siguiendo el camino de Cherán, el tribunal de entrada les ha dicho: “Quiero un peritaje antropológico para que diga si efectivamente hay usos y costumbres”, como una prueba de que políticamente como pueblos se rigen por usos y costumbres. A nosotros nos parece una barbaridad, les hemos insistido que lo controviertan y no dejen ese precedente, ¿por qué un antropólogo tiene que venir a decirte si existen o no existen los usos y costumbres? En el derecho internacional se ha establecido: si el Estado tiene una duda, a quien debe preguntar es a la comunidad. El Instituto Electoral de Michoacán solicitó, cuando estábamos ejecutando la sentencia, que la consulta se realizara con el mismo esquema de una elección: en casillas y boletas, y que tacharan sí o no (al gobierno por usos y costumbres) y que presentaras tu credencial de elector para registrarte. Nosotros dijimos no, porque la comunidad sabe cómo realizar sus nombramientos.

 

Cuando acabamos la demanda, una comisión de la comunidad y nosotr@s como abogad@s fuimos a hablar con el presidente del tribunal y sus secretarios. No regresamos ese mismo día a Morelia, y me acuerdo que yo falté dos días a trabajar en el IMSS. Un día antes tuvimos una reunión maratónica y al día siguiente nos fuimos al D. F., yo ni avisé ni nada. Me acuerdo de que después de la reunión en el tribunal estábamos en una casa en la colonia Roma donde la comisión iba a tener una reunión con otro colectivo. En ese momento dije: “Voy a renunciar al trabajo del Seguro Social. Yo quiero, quiero el activismo, la academia, eso es lo que quiero, no quiero ser burócrata el resto de mi vida”; además, un trabajo que no me gustaba. Al día siguiente hablé con mi jefa y me dijo pues, así como: “Qué onda contigo, ¿no?”. Le dije: “Voy a renunciar, si quiere me quedo lo que resta del mes tipo para sacar el trabajo”, y ella me dijo: “No, no te necesito [risas] yo hago el oficio”. Entonces en un día firmé y pues a partir de ahí cada fin de semana estábamos en Cherán e íbamos a la Ciudad de México.

 

La verdad es que Orlando y yo dejamos en stand by, yo la maestría y él el doctorado; casi vivíamos aquí. Y luego viene la sentencia y pues es una sentencia muy buena, todos estamos como muy contentos, la empezamos a leer y nos damos cuenta de que la sentencia ordenaba: primero, la consulta, y después, si la decisión era positiva, que se realizara el nombramiento. En Cherán ya estaban nombrados los Keris y se iban a presentar el día de las elecciones, porque era un año electoral, lo que podía ser violatorio a la resolución del tribunal.

 

Nosotros llegamos como a las siete u ocho a hablar con la coordinación general sobre la sentencia, un día antes de que se presentaran los Keris. Desde nuestro punto de vista, la sentencia era muy buena porque les estaba dando el derecho a nombrar a sus representantes, pero si los Keris se presentaban, significaba botar la sentencia que nos marcaba un camino. Si no lo seguíamos, estábamos mandando un mensaje al tribunal de que la resolución nos importaba un comino. Considerábamos que seguir el camino que nos marcaba la sentencia abonaría a la legitimidad hacia el exterior (en el sentido de que se entendería que estábamos actuando “conforme al derecho”, como se dice). Y es que fue un golpe para el gobierno del estado de Michoacán el hecho de que un tribunal reconociera como legítima la demanda del movimiento, es un precedente enorme, por lo que creíamos que era conveniente acatar la sentencia. La cuestión, nos dijeron, era que ya se había tomado la decisión en Cherán de nombrar a sus autoridades, y no podían en pleno jolgorio decirle a la gente: “No vamos a presentar a nuestros Keris”. Ahí fue cuando ofrecimos ir nosotros a las fogatas a explicar por qué creíamos que no era conveniente, y en la misma reunión surgió la propuesta de que en lugar de presentar a los Keris se hiciera una marcha, exigiéndole al IEM la consulta. Entonces fuimos prácticamente a todas las fogatas para platicar la resolución y de cómo deberíamos actuar, junto con algunos de los Keris nombrados y otros compas de la coordinación.

 

La consulta que se realizó en Cherán cumplió los estándares internacionales: la llevó la propia comunidad, le quitó por completo el control al IEM que nada más vino a dar fe de que se llevara conforme a la convocatoria, pero nada más. Por ejemplo, el pueblo nombró a la comisión de escrutadores y el IEM tenía una comisión espejo, y las dos comisiones contaban pero la del IEM sólo para dar fe. Y eso terminó siendo muy útil porque después de la consulta, cuando se dieron las impugnaciones porque algunas personas dijeron que no las dejaron entrar en el momento de las asambleas, esta situación no adquirió fuerza por la presencia del IEM, que dio constancia de que no se negó la entrada a nadie.

 

Mario: ¿Qué pasó después?

 

Erika: Después de la consulta, los juicios, este, las negociaciones, ¡ah, bueno!, no, los juicios y después la elección del concejo, el nombramiento del concejo. Los tiempos [...] iban de acuerdo al calendario del Congreso del Estado y se tenía que nombrar un concejo interino, lo que fue el Concejo Municipal, en lo que se elegía el Concejo Mayor.

 

Finalmente el 5 de febrero de 2012 toman protesta los integrantes del primer Concejo Mayor; de hecho, el representante de la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos fue quien se las tomó. Pero antes, mientras estábamos organizando con el Congreso el nombramiento de este Concejo Municipal, un día vamos al Congreso con la intención de hacer un primer contacto, y nos damos cuenta de que se estaba aprobando la reforma a la Constitución local para adecuarla al artículo 2 de la Constitución federal. Era una reforma en materia de derechos indígenas y nosotros dijimos: “No pueden hacer esto”, porque no decía nada sobre los gobiernos municipales por usos y costumbres, como ahora el de Cherán. Sin consulta previa aprobaron la reforma, ¡no me esperaba que aprobaran la reforma sin consulta!, y en ese momento hubo un acuerdo de que se impugnaría en cuanto se publicara.

 

En marzo de 2012 se publicó la reforma y la impugnamos con un juicio de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En términos jurídicos nunca se había hecho, antes de Cherán nunca un municipio indígena había ganado una controversia constitucional donde se reclamara un derecho, en este caso era el derecho a la consulta. Pero se ganó. Formalmente, entre comillas diríamos, porque lo que nosotros pedíamos era que se invalidara la reforma por no haber sido consultada previamente a los pueblos indígenas. Pero la Corte no ordenó la consulta y sólo dijo: “Esta reforma es inválida pero sólo es inválida para Cherán”. Fue una estupidez, porque la Constitución es una ley general, no puedes invalidarla sólo para alguien. Así que en estricto sentido en esa sentencia nos dieron la razón, pero la perdimos porque no ganamos lo que queríamos, que era en última instancia, a través de la consulta previa, meter el tema de los municipios por usos y costumbres como el de Cherán.

 

Pero ahí coincidió con que en ese momento se estaba reformando en el estado el Código Electoral. Fuimos al Congreso y les dijimos que tenían que hacer una consulta previa respecto del código, porque en Michoacán ya hay un municipio con nombramientos de autoridades a través de usos y costumbres, y es un derecho, y está plenamente reconocido por el tribunal electoral, y tienen que meterlo. Lo que nos dijeron fue que no tenían tiempo para consultar, porque tenían un plazo específico para sacar la reforma. Nosotros les dijimos entonces que, aunque no consultaran, sí estaban obligados a incorporar los estándares internacionales aplicables respecto de cómo se debe reconocer el derecho a elegir autoridades tradicionales por usos y costumbres, y que si no hacían eso cuando menos, al momento de que se promulgara la ley la íbamos a impugnar y les íbamos a ganar como acabábamos de hacer con la controversia, porque técnicamente, en el papel, sí ganamos. Por eso jugamos esa carta. Y funcionó.

 

Jerónimo: ¿Qué repercusiones tuvo en su vida este juicio que implementaron?

 

Erika: Como acabábamos de ganar y en la Corte habíamos demandado al congreso y al gobernador, el gobernador le habló al rector de la Universidad Michoacana para que nos dijera que nos desistiéramos del juicio. De rectoría mandaron a llamar a Orlando y le dijeron “al gobernador le gustaría que Cherán se desistiera”. Y Orlando dijo “qué bueno... ¿a mí qué? Yo no les voy a decir que se desistan si ellos ya tomaron esa decisión. Yo estoy con ellos y yo no les voy a decir que se desistan”. Para entonces había varias personas que se sentían agraviadas porque nosotros hubiéramos llevado el caso desde el primer juicio, y cuando metimos la controversia, varias de esas personas en una reunión aquí en Cherán decían que estábamos mal y que ese juicio lo íbamos a perder y que habíamos argumentado mal y que nos habíamos equivocado. Creían que íbamos a perder, no porque supieran que la Corte podía invalidar la reforma sólo para Cherán o que no iba a ordenar la consulta, de eso estoy segura; lo decían principalmente por intentar desacreditarnos, aprovechando que nunca se había intentado un caso así. Esas personas estaban tratando incluso de convencer al Concejo Mayor de que se desistieran de la controversia o, en el peor de los casos, que los dejaran a ellos llevar el juicio, entonces ahí fue un súper round. Pero finalmente se ganó el juicio e indirectamente se pudo, se logró que metieran el código electoral el tema de los nombramientos por usos y costumbres. Después vino la ley de participación ciudadana y ahí logramos meter el tema de la consulta y que el resultado de la consulta sea obligatorio para el estado. Michoacán es el único estado en México y probablemente el único lugar en América Latina y quizás el único lugar en el mundo, donde la consulta es obligatoria.

 

Mario: ¿Tú has visto algún cambio que se haya dado? A partir de esto, de los diferentes momentos.

 

Erika: Yo supongo que sí ha cambiado, estuve de lleno en el nombramiento del primer Concejo. Para el nombramiento del segundo Concejo yo empezaba el doctorado, lo seguí a distancia, no tengo un registro tan claro.

 

Jerónimo: En el IEM hay más apertura.

 

Erika: En el IEM hay mucha mayor apertura, creo que ya hay muy pocas cosas que se animan a decirle a Cherán. En Guerrero y en Chiapas los institutos electorales están completamente en contra de las comunidades y les imponen un montón de cosas, es bien difícil como... las negociaciones. Aquí se ha logrado que haya alguna continuidad.

 

Jerónimo: Claro que cambió la relación, como actor te hablo. En el 2011, 2012 precisamente empieza a haber problemas de entendimiento en el proceso dentro de la comunidad.

 

Erika: En los procesos anteriores había sido de colaboración y no de imposición. Lo que se ha presentado a lo largo de los años que hemos estado trabajando con Cherán es una forma de racismo institucional que se expresa en el hecho de que, cuando entramos a una reunión, los funcionarios en lugar de dirigirse con las autoridades de la comunidad se dirigen a los abogados. Nosotros hemos sido como muy conscientes, decimos: “A mí no me tienes que preguntar, con quien tienes que hablar es con ellos, nosotros venimos acompañándolos, ellos son los que tienen la voz”; así se apropian de sus propios procesos. Nosotros pusimos la mesa y creo que al final de cuentas eso también es la libre determinación. Apropiarse de sus procesos es lo deseable.

 

Mario: Pero una cosa es que la comunidad se lo apropie, y otra es que se lo apropie un grupo de la comunidad con el argumento de que es comunidad. Ese grupo se empodera y se puede convertir en el interlocutor exclusivamente, pues podría ser la comisión de enlace o algo así. Entonces ahí, si bien se habla en términos de la comunidad, pero es exclusivamente para un grupo interno de personas.

 

Erika: Lo interesante es que yo creo que la comisión de enlace es la comisión que debería tener mayor rotación porque es ahí donde se forman políticamente. Van a las reuniones, van entendiendo quién es quién, aprenden a planear una reunión frente al estado y cuál es la posición que se tiene y cómo discutir. Pienso que la comisión de enlace podría tener la vocación de formación de cuadros.

 

Mario: El derecho como una opción política al servicio de la comunidad.

 

[1] Dirección de Estudios Históricos, INAH.